SI TRABAJAS CON MENORES… ESTO TE INTERESA…
La Ley Orgánica 8/2021 del 4 de junio, de PROTECCIÓN INTEGRAL A LA INFANCIA Y La ADOLESCENCIA FRENTE LA VIOLENCIA, específicamente el artículo 5 y el capítulo IX, dicta la obligatoriedad de crear protocolos en las empresas, clubes o entidades deportivas y de ocio que trabajan habitualmente con menores de edad.
Se establece la obligatoriedad de tener y aplicar un protocolo de actuación en todos los centros que realicen actividades deportivas y de ocio, independientemente de su titularidad.
El protocolo tiene que incluir, entre otros muchos aspectos, un sistema de monitorización del mismo, las funciones del delegado/da, y las medidas a adoptar en cada uno de los casos.
Desde Deportes 85 os queremos ofrecer un modelo de protocolo adaptado a vuestras peculiaridades y necesidades.
La calidad en la formación que impartimos es fundamental para nosotros y depende de la capacidad profesional y de la motivación de todas las personas implicadas en la preparación, la realización y el seguimiento de los cursos.
Disponemos de profesores y profesoras altamente cualificados con muchos años de experiencia en el desarrollo de materiales educativos.
La calidad en la formación que impartimos es fundamental para nosotros y depende de la capacidad profesional y de la motivación de todas las personas implicadas en la preparación, la realización y el seguimiento de los cursos.
Disponemos de profesores y profesoras altamente cualificados con muchos años de experiencia en el desarrollo de materiales educativos.
Nuestra actividad principal se centra en la gestión deportiva, ocio y tiempo libre, así como programas dirigidos a la juventud. Desde nuestra escuela de formación preparamos profesionales en diversas áreas con nuestros cursos online, y cursos presenciales.